INFORME DE ACTIVIDADES DE LA DIRECCION DIVISIONAL
DE PROTECCION A LA PROPIEDAD INTELECTUAL AÑO 2008
Como consecuencia del
otorgamiento o reconocimiento por parte del Estado de los derechos de Propiedad
Intelectual, nacen a favor de sus titulares, determinadas acciones para la
defensa de los mismos que habrán de ejercitarse en vía administrativa ante el
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y cumpliendo los requisitos
y formalidades que la Ley
de la Propiedad
Industrial y la Ley Federal del Derecho de Autor establecen.
De
esta manera, dentro de las funciones que desempeña el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, se encuentran las de tramitar y resolver
procedimientos encaminados a imponer sanciones por violación de los derechos de
propiedad industrial y a declarar la nulidad o caducidad de los registros de
signos distintivos, de invenciones y de patentes cuando un tercero se siente
afectado por el otorgamiento de los mismos y solicita su nulidad o caducidad.
Dichas funciones las
realiza el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
a través de lo que la Ley
de la Propiedad
Industrial denomina “procedimiento de declaración
administrativa”, vía a través de
la cual se proporciona a sus titulares la adecuada protección de los derechos
de propiedad intelectual.
Con el propósito de
alentar el esfuerzo innovador en materia tecnológica y de modernización
comercial, esta protección es un factor fundamental, pues en el caso de que no
se otorgue en tiempo bajo las formalidades que la Ley establece, las
implicaciones jurídicas y económicas resultan importantes, ocasionadas por
quienes compiten deslealmente violando derechos de propiedad intelectual de
terceros.
Por otro lado, la Subdirección Divisional de Marcas Notorias, Investigación,
Control y Procesamiento de Documentos dentro de la cual se encuentra la Coordinación
Departamental de Inteligencia y Vínculo con Autoridades
Federales, Estatales y Municipales, continua con el cumplimiento a lo
establecido en el Acuerdo para la
Seguridad y Prosperidad de América del Norte (ASPAN),
derivado de las obligaciones contraídas dentro del capítulo XVII del Tratado de
Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), asimismo y en relación a dicho
Acuerdo también se firmó el Acuerdo Nacional contra la Piratería por
diversas Autoridades Nacionales así como diversos representantes del Sector
Privado, continua con los compromisos con el Sector Público, desarrollando tareas
de inteligencia que permitan acabar con la delincuencia organizada que nutre
los ilícitos en materia de Propiedad Intelectual, asumiendo como línea de
acción el establecimiento de esquemas de Coordinación con Gobiernos Estatales y
Municipales, así como con Gobiernos Extranjeros y Organismos Internacionales
para lograr una eficiente y eficaz prevención e investigación de las conductas
relacionadas con la piratería, y así diversos compromisos internacionales como la
participación del IMPI en el Acuerdo Comercial
Anti-Falsificación (ACTA).
Continúan los compromisos de abrir espacios de diálogo
y concertación con los diversos sectores sociales que permiten encontrar
alternativas para erradicar el mercado ilegal y respaldar eficazmente la