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PATENTES
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Conforme al Título Segundo de la Ley
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Artículo
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Concepto
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Tarifa
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1
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Por los servicios que presta el Instituto
en materia de patentes, se pagarán las siguientes tarifas:
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1a
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Por la presentación de solicitudes de
patente, así como por los servicios a que se refiere el artículo 38 de la
Ley;
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$7,172.92
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1 b
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Por la entrada a la fase nacional de una
solicitud de patente conforme al Capítulo I del Tratado de Cooperación en
materia de Patentes;
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$5,711.14
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1 c
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Por la entrada a la fase nacional de una
solicitud de patente conforme al Capítulo II del Tratado de Cooperación en
materia de Patentes;
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$3,737.75
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1 d
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Por publicación anticipada de la solicitud de
patente;
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$1,084.72
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1 e
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Por la expedición del título de patente, y
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$2,911.88
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1 f
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Por el cambio de texto o dibujos de una
patente concedida para corregir errores imputables al solicitante, así como
para limitar la extensión de las reivindicaciones, por cada vez que se
solicite.
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$765.77
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2
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Por cada anualidad de conservación de los
derechos que confiere una patente, se pagarán las siguientes tarifas:
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2a
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De la primera a la quinta, por cada una;
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$1,055.18
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2 b
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De la sexta a la décima, por cada una, y
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$1,282.78
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2 c
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A partir de la décimo primera, por cada
una.
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$1,517.47
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3
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Por el estudio de una solicitud de licencia
obligatoria o de modificación de sus condiciones.
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$2,864.85
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4
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Por el estudio de la solicitud de
rehabilitación de una patente caduca por falta de pago oportuno de la
anualidad correspondiente.
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$2,422.16
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5
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Por la transformación de una solicitud de
patente a una de registro de modelo de utilidad o de diseño industrial, o
viceversa.
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$2,668.71
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6
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Por la reconsideración interpuesta en
contra de una denegación de patente.
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$2,665.54
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